MATRIZ MARCO LEGAL Y NORMATIVIDAD APLICABLE  CÓDIGO:
MT-8
VERSIÓN:
12-06-06-2025
UNAD © 2025
C-8 Gestión de la Oferta Educativa
DOCUMENTO DEL SIG NORMATIVIDAD * ENTIDAD EMISORA TÍTULO REQUISITO A CUMPLIR / REFERENCIAS A CONSIDERAR PARA EL PROCESO EVIDENCIAS  
(P-8-1) Gestión de Nuevos Registros Calificados Ley 30 de diciembre 28 de 1992  Congreso de la República de Colombia Por el cual se organiza el servicio público de la Educación Superior. Sin requisito a cumplir (Lineamientos generales) TITULO PRIMERO. Fundamentos de la Educación Superior  
DECRETO 2082 DE 1996 Presidente de la República de Colombia Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales. Artículo 18º.- En desarrollo de lo establecido en el artículo 47 de la Ley 115 de 1994, las escuelas normales superiores y las instituciones de educación superior que posean una facultad de educación u otra unidad académica dedicada a la educación, tendrán en cuenta experiencias, contenidos y prácticas pedagógicas relacionadas con la atención educativa de las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, en el momento de elaborar los correspondientes currículos y planes de estudio. VIACI: Circular 101.012 dl 19 de abrol d 2024. Lineamientos orintadores para el diseño curricular para la inclusión de  contenidos y prácticas pedagógicas relacionadas con la atención educativa de las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.
ECEDU: Programa profesional en Pedagogía Infantil
 
Resolución 2565 del 24 de octubre de 2003 Ministerio de Educación Colombia Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales.  Las escuelas normales superiores,  las instituciones de educación superior que poseen facultad de educación y los comités territoriales de capacitación docente, deberán garantizar  el  cumplimiento  de  los  artículos  18  al  20  del  Decreto 2082 de 1996 sobre la inclusión de la temática  de los estudiantes con necesidades educativas especiales en la formación de los docentes.  Plan de Desarrollo y Formación UNADISTA GTHUM
Plan de Capacitación y Desarrollo Profesoral VIACI
Estrategias Eje Caracterización e Inclusión  VISAE
 
Ley 1188 del 25 de abril de 2008 Congreso de la República de Colombia Por la cual se regula el registro calificado de los programas de educación superior. Artículo 2°. Condiciones de calidad. Información de trámite de solicitud de registro calificado  registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.
Acuerdos del Consejo Superior Universitario como norma de creación de los programas.
 
Resolución 12220 de junio 20 de 2016 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se regula la publicidad que realizan las instituciones de educación superior Aplica toda la Resoluciòn Página web y material publicitario de la universidad  
Decreto 1330 de julio 25 de 2019  Presidente de la República de Colombia Por el cual se sustituye el Capítulo 2 y se suprime el Capítulo 7 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación Capítulo 2 REGISTRO CALIFICADO DE PROGRAMAS ACADEMICOS DE EDUCACION SUPERIOR, Sección 1 Generalidades, Sección 2 Características del registro calificado. Sección 3 Condiciones de calidad subsección 2 Evaluación de condiciones de programa

Articulo 2.5.3.2.1.2 Principios que rigen los procesos de aseguramiento de la calidad dentro de la educación superior, siendo uno de ellos la Inclusión..
_ Información de trámite de renovación de registro calificado registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.
_ Acuerdos del Consejo Superior Universitario como norma de creación de los programas.
_ Acuerdo 19  del 31 de agosto de 2016 Por el cual se adopta la política de accesibilidad, a los aspirantes, estudiantes y egresados con discapacidad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD
_ Se incorpora desde la misionalidad de la UNAD que adopta la normatividad nacional contribuir a la educación para todos a través de la modalidad abierta, a distancia y en ambientes virtual de aprendizaje, mediante la acción pedagógica, la proyección social, el desarrollo regional y la acción comunitaria, la inclusión, la solidaridad, la investigación, la internacionalización y la innovación. 
_ Desde el PAPS en el que, además de las responsabilidades tradicionales de
formación, investigación y proyección social se consive la inclusiíon como una funsión misional en el marco del Metasistema UNAD. 
 
Resolución 15224 24 de agosto de 2019 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de carácter institucional reglamentadas en el Decreto 1075 de 2015, modificado por el Decreto 1330 de 2019, para la obtención y renovación del registro calificado Aplica toda la Resolucion
Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
Decreto 1330 del 2019 Presidente de la República de Colombia Por el cual se sustituye el Capítulo 2 y se suprime el Capítulo 7 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación Requisitos para el trámite de registro calificado  Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
Acuerdo 029 del 12 de agosto de 2020 Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se adopta el estatuto académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia. Artículo 82. Parágrafo 1, 2 y 3 Planes de mejoramiento formalizados en el SSAM  
Resolución 021795 de 19 de noviembre de 2020 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de programa reglamentadas en el decreto 1075 de 2015, modificado por el decreto 1330 de 2019, para la obtención, modificación y renovación de registro calificado. Artículo 1, 5, 6 al 52. Estatuto Organizacional 039 de 03 de diciembre de 2019 artículo 32 literal b. Funciones de la VISAE - Sistema de aseguramiento de la calidad de programas y servicios.
Acuerdo 014 de 2018 Artículo 45 Define aseguramiento de la calidad
Acuerdo 029 de 2020 Estatuto academico definición de calidad integral de los programas y servicios académicos.
 
DECRETO 529 DE Abril 29 DE 2024 Presidente de la República de Colombia Por medio del cual se modifica parcialmente el Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación Aplica toda la Resolucion
Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
(P-8-3) Gestión para la Renovación de Registro Calificado Ley 30 de diciembre 28 de 1992  Congreso de la República de Colombia Por el cual se organiza el servicio público de la Educación Superior. Sin requisito a cumplir (Lineamientos generales) TITULO PRIMERO. Fundamentos de la Educación Superior  
DECRETO 2082 DE 1996 Presidente de la República de Colombia Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales. Artículo 18º.- En desarrollo de lo establecido en el artículo 47 de la Ley 115 de 1994, las escuelas normales superiores y las instituciones de educación superior que posean una facultad de educación u otra unidad académica dedicada a la educación, tendrán en cuenta experiencias, contenidos y prácticas pedagógicas relacionadas con la atención educativa de las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, en el momento de elaborar los correspondientes currículos y planes de estudio. VIACI: Circular 101.012 dl 19 de abrol d 2024. Lineamientos orintadores para el diseño curricular para la inclusión de  contenidos y prácticas pedagógicas relacionadas con la atención educativa de las personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.
ECEDU: Programa profesional en Pedagogía Infantil
 
Resolución 2565 del 24 de octubre de 2003 Ministerio de Educación Colombia Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales.  Las escuelas normales superiores,  las instituciones de educación superior que poseen facultad de educación y los comités territoriales de capacitación docente, deberán garantizar  el  cumplimiento  de  los  artículos  18  al  20  del  Decreto 2082 de 1996 sobre la inclusión de la temática  de los estudiantes con necesidades educativas especiales en la formación de los docentes.  Plan de Desarrollo y Formación UNADISTA GTHUM
Plan de Capacitación y Desarrollo Profesoral VIACI
Estrategias Eje Caracterización e Inclusión  VISAE
 
Ley 1188 del 25 de abril de 2008 Congreso de la República de Colombia Por la cual se regula el registro calificado de los programas de educación superior. Artículo 2°. Condiciones de calidad Información de trámite de renovación de registro calificado  registrada en los sistemas de información del Ministerio de Educación Nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.
Acuerdos del Consejo Superior Universitario para la renovación de registros calificados de programas de educación superior.
 
Ley 1618 DE 2013 Congreso de la República de Colombia Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Objeto. Adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009.
3. Acciones afirmativas: Políticas, medidas o acciones dirigidas a favorecer a personas o grupos con algún tipo de discapacidad, con el fin de eliminar o reducir las desigualdades y barreras de tipo actitudinal, social, cultural o económico que los afectan.
4. Acceso y accesibilidad: Condiciones y medidas pertinentes que deben cumplir las instalaciones y los servicios de información para adaptar el entorno, productos y servicios, así como los objetos, herramientas y utensilios, con el fin de asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, tanto en zonas urbanas como rurales. Las ayudas técnicas se harán con tecnología apropiada teniendo en cuenta estatura, tamaño, peso y necesidad de la persona.
Asegurar que en el diseño, ejecución, seguimiento, monitoreo y evaluación de sus planes, programas y proyectos se incluya un enfoque diferencial que permita garantizar que las personas con discapacidad se beneficien en igualdad de condiciones y en términos de equidad con las demás personas del respectivo plan, programa o proyecto.
Artículo  11. Derecho a la educación.
g) Las instituciones de educación superior en cumplimiento de su misión institucional, en armonía con su plan de desarrollo propugnarán por aplicar progresivamente recursos de su presupuesto para vincular recursos humanos, recursos didácticos y pedagógicos apropiados que apoyen la inclusión educativa de personas con discapacidad y la accesibilidad en la prestación del servicio educativo de calidad a dicha población;
h) El Ministerio de Educación Nacional mediante el concurso de las instancias y organismos que participan en la verificación de las condiciones de calidad de los programas académicos de educación superior, verificará que se incluyan propuestas de actividad física, la educación física, la recreación y el entrenamiento deportivo para las personas con discapacidad;
i) Las instituciones de educación superior deberán promover la sensibilización y capacitación de los licenciados y maestros en todas las disciplinas y la inclusión del tema de discapacidad en todos los currículos desde un enfoque intersectorial;
Acuerdo 19  del 31 de agosto de 2016 Por el cual se adopta la política de accesibilidad, a los aspirantes, estudiantes y egresados con discapacidad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD  
LEY 1680 DE Noviembre 20 de 2013 Congreso de la República de Colombia Por la cual se garantiza a las personas ciegas y con baja visión, el acceso a la información, a las comunicaciones, al conocimiento y a las tecnologías de la información y de las comunicaciones. Artículo 6°. Software lector de pantalla. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o quien haga sus veces, adquirirá un software lector de pantalla para garantizar el acceso, uso y apropiación de las tecnologías de la información y las comunicaciones a las personas ciegas y con baja visión como mecanismo para contribuir en el logro de su autonomía e independencia.

Artículo 7°. Implementación del software. Las entidades públicas del orden nacional, departamental y municipal en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las comunicaciones o quien haga sus veces, dispondrá los mecanismos necesarios para la instalación del software lector de pantalla en sus dependencias, establecimientos educativos públicos, instituciones de educación superior pública, bibliotecas públicas, centros culturales, aeropuertos y terminales de transporte, establecimientos carcelarios, Empresas Sociales del Estado y las demás entidades públicas o privadas que presten servicios públicos o ejerzan función pública en su jurisdicción.
1. Se ofrece la posibilidad de descarga de lectores de pantalla para estudiantes con discapacidad visual en campus virtual mediante el menú de accesibilidad en todos los cursos virtuales.

2. Se dispone de equipos de computo con el sofware lector y magnificador de pantalla instalados en los centros de la UNAD a nivel nacional conforme a la caracterizacón de estudiantes

 
Resolución 12220 de junio 20 de 2016 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se regula la publicidad que realizan las instituciones de educación superior Aplica toda la Resolucion
Página web y material publicitario de la universidad  
Ley 1978 de 2019 (Julio 25) Congreso de la República de Colombia Por la cual se moderniza el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones Establece las políticas y directrices para la integración de las TIC en el sistema educativo colombiano. Entre sus principales aspectos se encuentran la promoción de la educación digital, la capacitación de docentes en el uso de tecnología, la creación de contenidos digitales educativos y la garantía de acceso a Internet en las instituciones educativas. Capacitación a docentes en el uso de heramientas digitales para la creación de contenidos educativos digitales para fortalecer los procesos académicos de la UNAD.   
Decreto 1330 de julio 25 de 2019  Presidente de la República de Colombia Por el cual se sustituye el Capítulo 2 y se suprime el Capítulo 7 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación Capítulo 2 REGISTRO CALIFICADO DE PROGRAMAS ACADEMICOS DE EDUCACION SUPERIOR, Sección 1 Generalidades, Sección 2 Características del registro calificado. Sección 3 Condiciones de calidad subsección 2 Evaluación de condiciones de programa. Información de trámite de renovación de registro calificado registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.
Acuerdos del Consejo Superior Universitario como norma de creación de los programas.
 
Resolución 15224 24 de agosto de 2019 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de carácter institucional reglamentadas en el Decreto 1075 de 2015, modificado por el Decreto 1330 de 2019, para la obtención y renovación del registro calificado
Artículo 1
Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
Acuerdo 029 del 12 de agosto de 2020 Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se adopta el estatuto académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia. Artículo 82 parágrafo 1, 2 y 3 Planes de mejoramiento formalizados en el SSAM  
Resolución 021795 de 19 de noviembre de 2020 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de programa reglamentadas en el decreto 1075 de 2015, modificado por el decreto 1330 de 2019, para la obtención, modificación y renovación de registro calificado. Título 1
Artículo 1, 5 , 6 al 52.
Estatuto Organizacional 039 de 03 de diciembre de 2019 artículo 32 literal b. Funciones de la VISAE - Sistema de aseguramiento de la calidad de programas y servicios.
Acuerdo 014 de 2018 Artículo 45 Define aseguramiento de la calidad
Acuerdo 029 de 2020 Estatuto academico definición de calidad integral de los programas y servicios académicos.
 
Decreto 1174 del 12 de julio de 2023 PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Por medio del cual se sustituye la Sección 12 del Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación-, a efectos de establecer medidas transitorias en materia de registro calificado Sustituye la Sección 12 del Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Vigencia de los registros calificados. Los registros calificados de los programas académicos que venzan entre la fecha de publicación del presente decreto y el 30 de junio de 2025 Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
DECRETO 529 DE Abril 29 DE 2024 Presidente de la República de Colombia Por medio del cual se modifica parcialmente el Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación Aplica toda la Resolucion
Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
(P-8-4) Gestión de Programas de Educación Permanente: Alfabetización, Básica y Media Ley 115 de febrero 8 de 1994 Congreso de la República de Colombia Por la cual se expide la Ley General de Educación. Título III,Capítulos 1 y 2 Artículo 51 y 46.   Proyecto Educativo Institucional, Planes individualizados de ajustes razonables PIAR ( Decreto 1421 del 2017)
Ley 715  de Diciembre de 2001 Congreso de la República de Colombia “Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.” ARTÍCULO   Licencias de funcionamiento del programa  de alfabetización, educación básica y media para jóvenes y adultos   
Guía 34 2008 Ministerio de Educación Nacional Sobre la gestión académica Área académica, página 27 a la 29  Manual de convivencia; Planes de curso; Planes de estudios de área; Lineamientos microcurriculares; Recursos OVA y OVI; Lecciones en vivo; Rubricas de evaluación; Registro de seguimiento por periodo académico.   
Decreto 1290 de 2009 Ministerio de Educación Nacional Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. Artículo 5. Escala de valoración nacional;  Artículo 6. Promoción escolar. Artículo 8 Creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Boletines académicos; Manual de convivencia; Proyecto Educativo Institucional PEI; Inducción sobre Sistema Evaluativo SIE;   
Acuerdo 003 de febrero 19 de 2010.  Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se modifica el Sistema Nacional de Educación Permanente de la Universidad Articulo 2º  Enlace de programa de Alfabetización, Básica y Media en página principal de la UNAD y del micro sitio de la vicerrectoría Portafolio de servicios SINEP  
Ley 1618 DE 2013 (Febrero 27) Congreso de la República de Colombia Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Artículo 11 de la Ley 1618 de 2013 demanda al sector educativo reglamentar aspectos relacionados con la educación inclusiva de las personas con discapacidad, en el sentido de procurar acciones para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la educación en todos los niveles de formación, lo que implica ajustar el Decreto número 1075 de 2015 al marco normativo dispuesto en esta ley y en la Convención para los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada mediante la Ley 1346 de 2009.  _ Acuerdo 19  del 31 de agosto de 2016 Por el cual se adopta la política de accesibilidad, a los aspirantes, estudiantes y egresados con discapacidad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD
_ Protocolos de atención de educación inclusiva : https://view.genially.com/62ed8cd1d281c4001122b156
_ Lineamientos: https://view.genially.com/65d16b67cc7f87001427fd06/horizontal-infographic-diagrams-lineamientos-eje-inclusion
 
Decreto 1075 de 26 de mayo de 2015.  Presidente de la República de Colombia Por medio del cual se expide el Decreto único reglamentario del sector educación. SECCIÓN 3 Educación de adultos,
SUBSECCIÓN 1 a 7 
Proyecto Educativo intitucional
Manual de convivencia
Modelo Flexible y a la medida  del programa  de alfabetización, educación básica y media para jóvenes y adultos
Licencias de funcionamiento del programa  de alfabetización, educación básica y media para jóvenes y adultos Poryectos transversales
 
Lenguaje inclusivo en cuanto al género 5 de julio 2019 Naciones Unidas (ONU) Orientaciones para el empleo de un lenguaje inclusivo en cuanto al género en español " Implementar programas de formación obligatoria para todo el personal docente, administrativo y estudiantes sobre la importancia del lenguaje inclusivo y cómo aplicarlo en sus comunicaciones diarias.
Mantener una comunicación continua y abierta sobre los avances y desafíos en la implementación del lenguaje inclusivo a través de boletines, redes sociales y otros medios de comunicación institucionales.
Acuerdo No. 19 del 31 de agosto de 2016
establece lineamientos y políticas para garantizar la inclusión educativa de personas con discapacidad y/o con habilidades diversas en las instituciones de educación superior. Este acuerdo busca asegurar que todos los estudiantes tengan acceso a una educación de calidad, independientemente de sus capacidades o condiciones.
(P-8-5) Gestión de Programas de Educación Informal Ley 115 de 08 de febrero de 1994 Congreso de la República de Colombia Por la cual se expide la Ley General de Educación. Sin requisito a cumplir (Lineamientos generales) Título II, Capítulo 3, Artículo 43 Definición de educación informal. Se considera educación informal todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.   
Acuerdo 005 del 20 de mayo de 2014 Consejo Académico Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Educación Continuada de la UNAD. 1). Artículo 2, literal b. Programa de Educación Continuada PEC por Demanda (... se formalizan mediante contrato, convenio o documento que haga sus veces)
2) Artículo 2, literal c. Programa de Educación Continuada PEC por Oferta (... se origina en las Unidades académicas y/o administrativas de la Universidad)
1) Convenio/contrato contrato, o documento que haga sus veces debidamente legalizado por la Mesa Técnica.
2). Formato de Presentación de Presentación de Propuesta para la Oferta de Educación Continuada - F-8-5-2, debidamente diligenciado y aporbado
 
Decreto 1075 de 26 de mayo de 2015 Presidente de la República de Colombia Por medio del cual se expide el Decreto único reglamentario del sector educación. Artículo 2.6.6.8. Educación informal 1) Hacen parte de esta oferta educativa aquellos cursos que tengan una duración inferior a ciento sesenta (160) horas. Su organización, oferta y desarrollo sólo darán lugar a la expedición de una constancia de asistencia.
2) Para su ofrecimiento deben cumplir con lo establecido en el artículo 47 del Decreto­ley 2150 de 1995. Toda promoción que se realice, respecto de esta modalidad deberá indicar claramente que se trata de educación informal y que no conduce a título alguno o certificado de aptitud ocupacional.
1) LINEAMIENTOS ACADÉMICOS
PARA LA OFERTA NACIONAL Y POR DEMANDA DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACION CONTINUA
2) Promoción página web UNAD - Oferta Nacional Virtual
 
Acuedo 029 del 12 de agosto de 2020 Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se adopta el Estatuto Académico de la UNAD Artículos 21, 50, 82 (parágrafo 4) y 85 Definición del Sistema Nacional de Educación Continua y Proyección Social, la Oferta de Educación Continua, Ejercicios de autoevaluación para el Sistema Nacional de Eduación Continua y el Reconocimiento de saberes y competencia entre sistemas de oferta  
(P-8-6) Diseño y Rediseño Microcurricular de Curso de Educación Superior Acuerdo 001 de 14 de febrero de 2013  Consejo Académico Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por medio del cual se reglamentan los lineamientos curriculares para el diseño de los programas de formación a nivel técnico, tecnológico, profesional y posgradual en la Universidad Nacional Abierta y a Distancia El curso deberá corresponder a uno de los campos de formación estimados en los artículos cuarto, quinto y sexto y corresponder a alguna de las categorías definidas en el artículo séptimo. Todos los cursos del sistema de educación superior tienen contenidos analíticos y syllabus donde se relaciona el campo de formación al que corresponde.
Todos los cursos del sistema de educación superior son revisados con la sección académica de la rúbrica integrada de acreditación y certificación.
 
Acuerdo 002 de 10 de febrero de 2014  Consejo académico Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por medio del cual se reglamenta el Sistema Nacional de Evaluaciones del Aprendizaje en la Universidad Nacional Abierta y a Distancia. El curso deberá tener en cuenta en su propuesta de evaluación, los principios que orientan la evaluación en la UNAD contemplados en el artìculo 3, las estrategías de evaluación postuladas en el artículo 4, los momentos de la evaluación propuestos en el artículo 5, los recursos disponibles en el artículo 6 y todos los criterios planteados en capítulo tercero en su totalidad   Todos los cursos del sistema de educación superior tiene syllabus donde se relacionan el plan de evaluación del curso.
Lineamiento La e-evaluación: dimensión sinérgica del e-MPU. Lineamientos para su implementación.                         LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE PRUEBAS OBJETIVAS CERRADAS (POC) CON RECONOCIMIENTO FACIAL EN LA UNAD.
 
Resolución 6808 de 19 de agosto del 2014  Rector de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Aspectos de trabajo colaborativo y acompañamiento docente El curso deberá contemplar estrategías de acompañamiento docente acordes a lo planteado en el artículo 9 y  capítulo IV. Del mismo modo, ha excepción de los cursos de primera matricula, el curso deberà contemplar los pasos estipulados en el artículo  16 y movilizar las interacciones postuladas en el artículo 26 para adelantar trabajos colaborativos de los estudiantes. Todos los cursos del sistema de educación superior syllabus donde se relacionan las estrategias de acompañamiento docente.
Lineamientos B-learning zonal.  
Lineamiento acompañamiento docente en la UNAD (2018). 
 
Resolución 00069 de 19 de enero de 2015  Rector de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Por la cual se regula la administración de derechos de autor en la biblioteca de la UNAD. El curso deberá atender a los sugerido en el artículo quinto y sexto con el fin de seleccionar contenidos de calidad y hacer un uso honrado de los mismos. Lineamientos tecnopedagógicos y cultura de la originalidad  
Acuedo 029 del 12 de agosto de 2020 Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se adopta el Estatuto Académico de la Universidad Nacional Abierta y a
Distancia (UNAD) Capítulo IV de los sistemas, niveles y ciclos de formación - Capítulo V del currículo, sus componentes, estrategias, dispositivos y de la evaluación del aprendizaje. 
Artículo 30. Curso académico.   Lineamientos generales del currículo: Serie lineamientos microcurriculares en la UNAD v2
Lineamientos tecnopedagógicos
Rúbrica integrada de acreditación y certificación de cursos
 
NTC 6576: 2022 ICONTEC Diseño y Oferta de Cursos en Ambientes Virtuales de Aprendizaje (AVA) Requisitos Se presentan consideraciones para los sistemas de gestión del aprendizaje (LMS por su sigla en inglés) y para los Recursos Educativos Digitales a incorporar para la oferta de cursos en Ambientes Virtuales de Aprendizaje. El diseño de Ambientes Virtuales de Aprendizaje - AVA exige de unas etapas o pasos necesarios para garantizar claridad en el manejo de la información, una adecuada navegabilidad y accesibilidad para todos los usuarios, y calidad en el manejo de la información que se suministra a través de un AVA.

Circular Informativa 101.012 del 19 de abril de 2024 “Lineamientos de Acompañamiento Académico para la Educación Inclusiva”, esta circular se incluirá en el procedimientos P-7-6 que se encuentra en actualización y en validación por parte de calidad, también se incluirá en el procedimiento P-8-6 vinculando los elementos de la circular que les sean pertinentes.
 
(P-8-7) Gestión de Recursos Educativos Digitales Ley 023 del 28 de enero de 1982 Congreso de la República de Colombia Sobre derechos de autor Aplican todos los requisitos que se puedan asociar a la creación de Recursos Educativos Digitales.
Se realiza el reconocimiento de los derechos de autor de obras literarias, científicas y artísticas, los intérpretes o ejecutantes, y a los productores de fonogramas y a los organismos de radiodifusión, por parte de la universidad en la creación de todo Recurso educativo Digital.
Todo diseñador, al subir cualquier recurso digital al repositorio institucional, acepta los términos de la Licencia Interna Uso, en la que el autor asegura que el contenido subido es de su autoría,
Si el contenido o recurso es de un tercero el diseñador debe entregar el contenido acompañado del formato de licencia autorizada por un notario para reconocimiento del autor. 
De igual forma, cuando el autor diligencia los metadatos del recurso que esta incorporando en el respositorio un espacio denominado DUEÑO DE DERECHOS en el cual se coloca el dueño de los derechos del contenido respectivo. Los itemns en contenidos académicos están protegidos por copyright (comprende la parte patrimonial de los derechos de autor)
 
Ley 044 del 05 de febrero de 1993  Congreso de la República de Colombia Por la cual se modifica y adiciona la Ley 23 de 1982 y se modifica la Ley 29 de 1944 Aplica toda la ley. El contrato laboral de los docente en el que al firmar aceptan entre otros el  ARTICULO OCTAVO DERECHOS PATRIMONIALES Y MORALES. Los derechos patrimoniales de la producción intelectual académica de los profesores vinvulados y que se desarrollo en cumplimiento de las obligaciones constitucionales, legales, contractuales o propias, son de propiedad de la Universidad por mandato legal.
Los derechos morales pertenecen al profesional vinculado. Cuando se trate de labores de caracter operativo o instrumental, o de simples destrezas técnicas necesarias para el trabajo intelectual que se desarrolla en la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, no se general ningún tipo de propiedad intelectual.
 
LEY 324 DE 1996 (octubre 11) Congreso de la República de Colombia por el cual se crean algunas normas a favor de la población sorda Artículo 8.- El Estado proporcionará los mecanismos necesarios para la producción e importación de toda clase de equipos y de recursos auxiliares especializados que se requieran en las áreas de educación, comunicación, habilitación y rehabilitación con el objeto de facilitar la interación de la persona sorda con el entorno. Acuerdo 19  del 31 de agosto de 2016 Por el cual se adopta la política de accesibilidad, a los aspirantes, estudiantes y egresados con discapacidad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD  
Directiva Presidencial 001 del 25 de febrero de 1999  Presidente de la República de Colombia Respecto al derecho de autor y a los derechos conexos. Aplica toda la directiva. La Universidad a través de la VIMEP diseñaron en el 2017  la estrategia de “Cultura de la Originalidad UNAD”, Basada en la creación de nuevas propuestas educativas, pautas que promuevan  la  creación  producción intelectual,  formas correctas de citación y uso honrado de la información, la cual esta enmarcada en:
        Acuerdo No. 006 del 26 de agosto 2008, Por el cual se aprueba el Estatuto de Propiedad Intelectual de la UNAD
        Resolución No. 0069 de Enero de 2015: Por el cual se regula la administración de Derechos de Autor en la Biblioteca de la UNAD
        Acuerdo No 003 del 27 de febrero de 2017: Por el cual se reglamenta la actividad académica estudiantil, de docentes y funcionarios en el Campus Virtual de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD) y se dictan otras disposiciones.
        Resolución 0367 del 17 de Enero de 2019 por el cual se expide el manual de políticas y procedimientos internos para el tratamiento de datos personales de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD)
        Instructivo de utilización del recurso turnitin para diseñadores y tutores de curso.
        Instructivo de utilización del recurso turnitin para estudiantes
        Instructivo de utilización del recurso turnitin para draftbank
 
Ley 599 del 24 de julio de 2000  Congreso de la República de Colombia Código penal. TÍTULO VIII: DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR

CAPÍTULO UNICO

Aplican los requisitos que puedan asociarse a la creación de Recursos Educativos Digitales
Todo diseñador, al subir cualquier recurso digital al repositorio institucional, acepta los términos de la Licencia Interna Uso, en la que el autor asegura que el contenido subido es de su autoría,
Si el contenido o recurso es de un tercero el diseñador debe entregar el contenido acompañado del formato de licencia autorizada por un notario para reconocimiento del autor. 
De igual forma, cuando el autor diligencia los metadatos del recurso que esta incorporando en el respositorio un espacio denominado DUEÑO DE DERECHOS en el cual se coloca el dueño de los derechos del contenido respectivo. Los itemns en contenidos académicos están protegidos por copyright (comprende la parte patrimonial de los derechos de autor)
 
Resolución 1684 del 13 de agosto de 2010  Rector de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Por el cual se reglamenta la política de creación, funcionamiento y utilización del servicio de gestión de contenidos y repositorios académicos y de investigación de la UNAD. Aplica toda la Resolucion
En el momento de la creación de un recurso, el docente debe respetar y hacer mención de las referencias consultadas  
Ley 1618 DE 2013 Congreso de la República de Colombia Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Artículo 1. Objeto. Adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009.
Artículo  2. Definiciones. 3. Acciones afirmativas 4. Acceso y accesibilidad:
Artículo  11. Derecho a la educación. Numeral 3. Los establecimientos educativos estatales y privados deberán:...
Acuerdo 19  del 31 de agosto de 2016 Por el cual se adopta la política de accesibilidad, a los aspirantes, estudiantes y egresados con discapacidad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD  
Resolución 069 del 19 de enero de 2015  Rector de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Por la cual se regula la administración de derechos de autor en la biblioteca de la UNAD. Aplica toda la Resolucion
En el proceso de incoporación de un recurso académico y de investigación en el repositorio institucional, el usuario debe llevar a cabo el autoarchivo respetando los derechos de autor y el uso honrado, y luego es otorgada la licencia interna  
Ley 1978 de 2019 (Julio 25) Congreso de la República de Colombia Por la cual se moderniza el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC, se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones Establece las políticas y directrices para la integración de las TIC en el sistema educativo colombiano. Entre sus principales aspectos se encuentran la promoción de la educación digital, la capacitación de docentes en el uso de tecnología, la creación de contenidos digitales educativos y la garantía de acceso a Internet en las instituciones educativas. Capacitación a docentes en el uso de heramientas digitales para la creación de contenidos educativos digitales para fortalecer los procesos académicos de la UNAD.   
RESOLUCIÓN 1519 DE agosto 24 de 2020 Misterio de tecnologías de la información y las comunicaciones Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos. Artículo 3°. Directrices de accesibilidad web. A partir del 1° de enero del 2022, los sujetos obligados deberán dar cumplimiento a los estándares AA de la Guía de Accesibilidad de Contenidos Web (Web Content Accesibillity Guidelines - WCAG) en la versión 2.1, expedida por el World Web Consortium (W3C), conforme con el Anexo 1 de la presente resolución aplicable en todos los procesos de actualización, estructuración, reestructuración, diseño, rediseño de sus portales web y sedes electrónicas, así como de los contenidos existentes en esas.  Aplicación de la rúbrica de la WCAG 2.1 del nivel A y AA el proceso de pre-oferta y oferta de cursos y recursos educativos digitales en todos los sistemas de la UNAD.   
Circular No. 18 del 22 de septiembre de 2021 Procuraduría General de la Nación Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital y datos abiertos" del ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones (MINTIC) y la aplicación de la matriz ITA. - A partir del 1 de enero del 2022, los sujetos obligados deben cumplir con los estándares AA de la Guía de Accesibilidad de Contenidos Web (Web Content Accesibillity Guidelines - WCAG) en la versión 2.1, expedida por el World Web Consortium (W3C), conforme al Anexo 1 de la K57 aplicable a todos los procesos de actualización, estructuración, reestructuración, diseño, rediseño de sus portales web y sedes electrónicas, así como a los contenidos existentes en ellas.A57 Conforme a lo indicado en la Resolución 1519 de 2020, se hace la aplicación de la rúbrica de la WCAG 2.1 del nivel A y AA el proceso de pre-oferta y oferta de cursos y recursos educativos digitales en todos los sistemas de la UNAD.   
NTC 6576: 2022 ICONTEC Diseño y Oferta de Cursos en Ambientes Virtuales de Aprendizaje (AVA) Requisitos Se presentan consideraciones para los sistemas de gestión del aprendizaje (LMS por su sigla en inglés) y para los Recursos Educativos Digitales a incorporar para la oferta de cursos en Ambientes Virtuales de Aprendizaje. El diseño de Ambientes Virtuales de Aprendizaje - AVA exige de unas etapas o pasos necesarios para garantizar claridad en el manejo de la información, una adecuada navegabilidad y accesibilidad para todos los usuarios, y calidad en el manejo de la información que se suministra a través de un AVA.

Circular Informativa 101.012 del 19 de abril de 2024 “Lineamientos de Acompañamiento Académico para la Educación Inclusiva”, esta circular se incluirá en el procedimientos P-7-6 que se encuentra en actualización y en validación por parte de calidad, también se incluirá en el procedimiento P-8-6 vinculando los elementos de la circular que les sean pertinentes.
 
WCAG (Web Content Accessibility Guidelines) Versión en inglés actualizada: 2024-03-07. Traducción actualizada: 2024-05-01 Consorcio World Wide Web (W3C) Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG) Los contenidos y entornos web son clasificados según su grado de cumplimiento de las pautas como Triple A, doble A o A. Lineamientos Tecnopedagógicos VIMEP   
(P-8-8) Gestión de Programas de Formación en Lengua Extranjera Marco común europeo de referencia para las lenguas Junio de 2002  Consejo Europeo Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación Recopila requisitos a cumplir para el aprendizaje, enseñanza y evaluación para las lenguas. Estructrua curricular y diseño de los cursos de lo programas de formación en lenguas.  
NTC 5580:2011 ICONTEC Norma Tecnica Colombiana para PROGRAMAS DE FORMACIÓN TRABAJO EN EL ÁREA DE IDIOMAS
REQUISITOS
Establece las normas que rigen a los programas de formación para el trabajo en el área de idiomas. DENOMINACIÓN, JUSTIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN CURRICULAR, PERSONAL DOCENTE, FACILITADOR O TUTOR, PROCESOS RELACIONADOS CON LOS ESTUDIANTES Y EGRESADOS, ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA, EVALUACIÓN Y EL MEJORAMIENTO CONTINUO. Documento maestro del programa  
Ley 1651 de 12 de Julio 2013  Congreso de la República de Colombia Por medio de la cual se modifican los artículos 13, 20, 21,22,30 y 38 de la ley 115 de 1994 y se dictan otras disposiciones-ley de bilingüismo Artículo  6°. Adiciónese al artículo 38 de la Ley 115 de 1994 el siguiente texto: “Las instituciones de educación para el trabajo y desarrollo humano que decidan ofrecer programas de idiomas deberán obtener la certificación en gestión de calidad, de la institución y del programa a ofertar, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos en las normas jurídicas vigentes para el desarrollo de programas en este nivel de formación. Certificación en la norma NTC 5580  
Acuerdo 003 de 25 de Febrero de 2015  Consejo Académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se fija la Política de Internacionalización de la UNAD se fomenta el Sistema UNAD Global y se dictan otras disposiciones Artículo 23. Niveles de dominio de una segunda lengua. Se utilizan los niveles del marco común europeo de referencia Estructrua curricular y diseño de los cursos de lo programas de formación en lenguas.  
Decreto 1075 de 26 de mayo de 2015 Presidente de la República de Colombia Por medio del cual se expide el Decreto único reglamentario del sector educación. ARTÍCULO 2.6.3.1.  Licencia para la oferta del programa UNAD English  
Resolución 015177 el 02 de agosto de 2022 Ministerio de Educación Nacional Por medio de la cual se reglamenta la metodología a distancia para la oferta y desarrollo de Programas del Servicio de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Establece los requisitos específicos para la oferta y desarrollo de programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano, bajo metodología a distancia y con estrategia de educación virtual, complementarios de los definidos como requisitos básicos de Registro de Programa establecidos en el artículo 2.6.4.8 del Decreto número 1075 de 2015 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Validación de requisitos institucionales y de programa en el Instituto Virtual de Lenguas de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD.  
 (P-8-9) Acreditación y Certificación de Cursos de Educación Superior Resolución 01684 de 13 de agosto de 2010 Rector de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Por la cual se reglamenta la política de creación, funcionamiento y utilización del servicio de gestión de contenidos y repositorios académicos y de investigación de la UNAD. Articulo 2 y 4 Lineamientos Tecnopedagógicos para el diseño de cursos en el campus virtual de la UNAD  
Acuerdo 016 del 26 de Mayo de 2016 Consejo Académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se adopta la Rúbrica Integrada de Acreditación y la Rúbrica Integrada de Certificación de Curso Académico en la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Aplica todo el acuerdo. Lineamientos Tecnopedagógicos para el diseño de cursos en el campus virtual de la UNAD 
Rúbrica Integrada de acreditación y certificación de cursos
 
Acuerdo no. 04 del 16 de febrero de 2023 Consejo Académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se actualizan, automatizan y optimizan los criterios de calidad para la Acreditación (Rúbrica Integrada de Acreditación) y Certificación (Rúbrica Integrada de Certificación) de los Cursos en la UNAD y se amplían su campo de acción a los diferentes sistemas de oferta educativa del METASISTEMA organizacional. Aplica todo el acuerdo. Actualización, automatización y optimización de los criterios de calidad para la Acreditación (Rúbrica Integrada de Acreditación) y Certificación (Rúbrica Integrada de Certificación) de los Cursos en la UNAD  
 (P-8-10) Alistamiento Tecnopedagógico de Curso Académico de Educación Superior Resolución 01684 de agosto de 2010 Rector de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Por la cual se establece el repositorio institucional de contenidos académicos y de investigación y se reglamenta su servicio Aplica toda la resolución. Lineamientos Tecnopedagógicos para el diseño de cursos en el campus virtual de la UNAD  
Norma Técnica Colombiana 5854 2011 ICONTEC Accesibilidad a páginas web. La NTC 5854 de accesibilidad a páginas web es equivalente a la WCAG 2.0 de la W3C que indica las pautas de accesibilidad que se deben implementar al contenido web para los niveles de conformidad A, AA y AAA. La aplicación de la WCAG 2.0 en los cursos y recursos educativos digitales de la UNAD, se da en el cumplimiento del nivel A para cursos y AA para recursos.   
LEY 1680 DE Noviembre 20 de 2013 Congreso de la República de Colombia Por la cual se garantiza a las personas ciegas y con baja visión, el acceso a la información, a las comunicaciones, al conocimiento y a las tecnologías de la información y de las comunicaciones. Artículo 6°. Software lector de pantalla. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o quien haga sus veces, adquirirá un software lector de pantalla para garantizar el acceso, uso y apropiación de las tecnologías de la información y las comunicaciones a las personas ciegas y con baja visión como mecanismo para contribuir en el logro de su autonomía e independencia.

Artículo 7°. Implementación del software. Las entidades públicas del orden nacional, departamental y municipal en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las comunicaciones o quien haga sus veces, dispondrá los mecanismos necesarios para la instalación del software lector de pantalla en sus dependencias, establecimientos educativos públicos, instituciones de educación superior pública, bibliotecas públicas, centros culturales, aeropuertos y terminales de transporte, establecimientos carcelarios, Empresas Sociales del Estado y las demás entidades públicas o privadas que presten servicios públicos o ejerzan función pública en su jurisdicción.
1. Se ofrece la posibilidad de descarga de lectores de pantalla para estudiantes con discapacidad visual en campus virtual mediante el menú de accesibilidad en todos los cursos virtuales.

2. Se dispone de equipos de computo con el sofware lector y magnificador de pantalla instalados en los centros de la UNAD a nivel nacional conforme a la caracterizacón de estudiantes

 
Resolución 0069 del 19 de enero de 2015 Rector de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD Por la cual se regula la administración de derechos de autor en la biblioteca de la UNAD. Aplica toda la resolución. Lineamientos Tecnopedagógicos para el diseño de cursos en el campus virtual de la UNAD  
Acuerdo 19 del 31 de agosto de 2016 Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se adopta la política de accesibilidad a los aspirantes, estudiantes y egresados con discapacidad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia Aplica todo el acuerdo. Lineamientos Tecnopedagógicos para el diseño de cursos en el campus virtual de la UNAD  
RESOLUCIÓN 1519 DE agosto 24 de 2020 Misterio de tecnologías de la información y las comunicaciones Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos. Artículo 3°. Directrices de accesibilidad web. A partir del 1° de enero del 2022, los sujetos obligados deberán dar cumplimiento a los estándares AA de la Guía de Accesibilidad de Contenidos Web (Web Content Accesibillity Guidelines - WCAG) en la versión 2.1, expedida por el World Web Consortium (W3C), conforme con el Anexo 1 de la presente resolución aplicable en todos los procesos de actualización, estructuración, reestructuración, diseño, rediseño de sus portales web y sedes electrónicas, así como de los contenidos existentes en esas.  Aplicación de la rúbrica de la WCAG 2.1 del nivel A y AA el proceso de pre-oferta y oferta de cursos y recursos educativos digitales en todos los sistemas de la UNAD.   
Circular No. 18 del 22 de septiembre de 2021  Procuraduría General de la Nación Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital y datos abiertos" del ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones (MINTIC) y la aplicación de la matriz ITA. - A partir del 1 de enero del 2022, los sujetos obligados deben cumplir con los estándares AA de la Guía de Accesibilidad de Contenidos Web (Web Content Accesibillity Guidelines - WCAG) en la versión 2.1, expedida por el World Web Consortium (W3C), conforme al Anexo 1 de la K57 aplicable a todos los procesos de actualización, estructuración, reestructuración, diseño, rediseño de sus portales web y sedes electrónicas, así como a los contenidos existentes en ellas.A57 Conforme a lo indicado en la Resolución 1519 de 2020, se hace la aplicación de la rúbrica de la WCAG 2.1 del nivel A y AA el proceso de pre-oferta y oferta de cursos y recursos educativos digitales en todos los sistemas de la UNAD.   
(P-8-11) Desarrollo de Proyectos de Articulación Ley 115 de 08 de febrero de 1994 Sección cuarta. Artículo 35 Congreso de la República de Colombia Por la cual se expide la Ley General de Educación. Articulación con la educación superior. Al nivel de educación media sigue el nivel de la Educación Superior,  el  cual  se  regula  por  la  Ley  30  de  1992  y  las  normas  que  la  modifiquen,  adicionen  o  sustituyan.  Este  último nivel se clasifica así:a) Instituciones técnicas profesionales;
b) Instituciones universitarias o escuelas tecnológicas, yc) Universidades
Diseño, asignación e implementación de acuerdos normativos a nivel interno y externo por parte de la institución educativa.  
Decreto 3011 de diciembre 19 de 1997 Presidente de la República de Colombia Normas para el ofrecimiento de la educación de Adultos. Artículo  2º, 5º, 11, 16, 17, 18.   21 y  36.  1. Convocar y vincular población adulta en los programas de Alfabetización, educación básica y media, con la posibilidad de realizar procesos de articulación con educación superior, teniendo en cuenta las características de reconocimiento y formación integral que dicta la normatividad en referencia. Ofertar los cursos determinados mediante la distribución por ciclos.  
Ley 749 de Julio 19 de 2002 Congreso de la República de Colombia Por la cual se organiza el servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica, y se dictan otras disposiciones.  Artículo 5º y Artículo 6º.  Creación e implementación de estrategias de movilidad estudiantil.
 
Ley 1064 de julio 26 de 2006 Congreso de la República de Colombia Por la cual se dictan normas para el apoyo y fortalecimiento de la educación para el trabajo y el desarrollo humano establecida como educación no formal en la Ley General de Educación. . Artículo    y 7º. 1. En todos los documentos y lenguajes que se usen en la universidad, los programas referidos deben registrarse con tal denominación.  
Decreto 2888 de julio 31 de 2007 Presidente de la República de Colombia Creación, organización y funcionamiento de las instituciones que ofrezcan el servicio educativo para el trabajo y el desarrollo humano antes denominado educación no formal  Artículo 3.2,  Artículo 4, Artículo 9.Artículo 10.  1. Oferta de programas flexibles con las características específicas exigidas en el artículo 3, numeral 2.
2- Licencias de funcionamiento y registro de los programas respectivos.
3. Licencias o trámites vigentes  realizados ante la autoridad competente de acuerdo con la novedad presentada.
4. Implementación de estrategias y actividades para garantizar la implementación de procesos participativos con los estamentos respectivos para el diseño y evaluación de planes de estudio.
5. Implementación de programas académicos con las características exigidas.
6. Entrega de certificados académicos.
7.Desarrollo y continuidad de plataforma tecnológica. 8. Realizar el respectivo registro. 9. Actualizar periódicamente los planes de estudios con el fin de que estos. 11. Celebración de convenios. 12. Cumplimiento de condiciones de calidad según lo establecido. 
 
Acuerdo 013 de diciembre 17 de 2007 Consejo Académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Decisiones sobre Movilidad Académica de los estudiantes y Articulación del programa de Educación Básica y Media de la Universidad o de las Instituciones con Convenio de Articulación – UNAD 1. Implementar acciones para garantizar la Movilidad  Académica  de  la  Educación  Media  hacia  la Educación  Superior
2. Implementación de acciones para garantizar la  articulación  académica  de  la  Educación  Básica  y  Media con  la  Educación  Superior.
3. Suscripción de convenios de Articulación curricular y  Movilidad  Académica  entre  la  UNAD  y  las  Instituciones  de  Educación  Básica  y Media.
4. Definición de costos de procesos de movilidad académica contemplados y definidos en los convenios de articulación, los estudiantes no pagarán valor alguno adicional.
5. Los  cursos  aprobados  por  los  estudiantes  de  Básica  y  Media como   parte   de   los   Convenios   de   Articulación   y   Movilidad   Académica,   se consideran cursados en la educación superior y su registro en la base de datos de la Universidad se hará por el Área  de Registro y Control Académico a solicitud del Sistema Nacional de Educación Permanente.
1. Procesos de integración curricular entre los niveles de educación media y educación superior mediante viabilización de matrículas.

2. Gestión y actividad de integración  de  la oferta curricular,  planes de estudios, programas y proyectos  de las Instituciones Educativas de Básica y Media, públicas o privadas, nacionales o extranjeras con la UNAD  y  el  sector  productivo  conducentes  a  facilitar  el  acceso  a  la  Educación Superior y al desempeño laboral.
3. Coordinación y viabilidad de convenios de articulación y movilidad por parte del Sistema  de  Educación Permanente,  realización de tramites ante la Mesa Técnica de Dinamización de Convenios del SIDERPCO.
4. Definición de costos.
5. VAlidaciones, certificaciones y viabilidad de los procesos respectivos. 
 
Acuerdo 001 del  08 de marzo de 2016 Consejo Académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se reglamenta la articulación de la educación media y la educación Superior 1. Promover en los jóvenes el acceso a una formación técnica, tecnológica y profesional de calidad que responda a las necesidades y expectativas de los estudiantes de los grados 10 y 11 de las instituciones de educación media y de los ciclos V y VI de educación media para jóvenes y adultos de la UNAD.
2. Implementar estrategias que permitan el desarrollo de la movilidad académica de la educación básica y media hacia la educación superior, la educación para el trabajo y el desarrollo humano, mediante el ejercicio de la articulación interna y externa.
3. Articulo 6. Articulación entre Edu. Media y superior a través de competencias básicas comunes.
4. Artículo 7. Articulación en formación y desarrollo de competencias específicas.
5. Artículo 8. La evaluación será realizada por el equipo docente de las escuelas de UNAD.
6. Artículo 13. El consejo académico de la universidad reglamentará las condiciones y requisitos. Artículo 14. Crear comité de articulación: inegrado por Director del SINEP, dos docentes de bachillerato UNAD, un docente de UNAD según enfoque disciplinar de áreas específicas, un representante de gerencia de calidad y mejoramiento universitario, un representante de servicios al aspirante, un representante de la vicerrectoría académica, un representante del sector productivo.
7. Artículos 15, 16 y 17. Implementar los propósitos, periodicidad y funciones del comité de articulación.
8. Cada escuela de la UNAD tiene responsabilidades a cargo en el proceso de articulación, deben conocerlos e implementarlos, de acuerdo con los puntos anteriormente mencionados en las especificidades y minucias de la normatividad en referencia.
1. Implementación de actividades de promoción, difusión y acompañamiento para fomentar el acceso a las ofertas vigentes con los estudiantes de ciclos V y VI.
2. Implementación de actividades de articulación y movilidad académica tanto interna como externa. (Focalización, caracterización de la población participante, revisión y difusión de planes de estudio, socialización, gestión de articulación y celebración de convenios con instituciones aliadas.
3. Generar y viabilizar  estrategias para que los estudiantes de educación media puedan matricular créditos correspondientes a cursos de los diferentes programas que se ofertan en el marco de los programas técnicos, tecnológicos y profesionales de las escuelas de la UNAD. Homologación de la cátedra unadista a los participantes de educación media de la UNAD que continúen sus estudios en programas ofertados por la UNAD.
4. Generación de estrategias para posibilitar a los participantes en articulación la profundización en competencias específicas. Incorporación en el PEI del PAEBM diferentes énfasis bajo acuerdo mutuo. Reconocimiento de créditos cursados en procesos de articulación.
5. Registro de calificaciones en registro y control. 6. Creación del consejo académico y del comité de articulación. 7. Orientación, seguimiento y continuidad a los procesos de articulación. 
 
(P-8-12) Gestión para la Modificación de Programas de Educación Superior Ley 30 de diciembre 28 de 1992  Congreso de la República de Colombia Por el cual se organiza el servicio público de la Educación Superior. Sin requisito a cumplir (Lineamientos generales) TITULO PRIMERO. Fundamentos de la Educación Superior  
Ley 1188 del 25 de abril de 2008 Congreso de la República de Colombia Por la cual se regula el registro calificado de los programas de educación superior. Artículo 2°. Condiciones de calidad. . Información de trámite de modificación de registro calificado  registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.
Acuerdos del Consejo Superior Universitario para la modificación de programas.
 
Resolución 12220 de junio 20 de 2016 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se regula la publicidad que realizan las instituciones de educación superior Artículo 1º.  Página web y material publicitario de la universidad  
Decreto 1330 de julio 25 de 2019  Presidente de la República de Colombia Por el cual se sustituye el Capítulo 2 y se suprime el Capítulo 7 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación Capítulo 2 REGISTRO CALIFICADO DE PROGRAMAS ACADEMICOS DE EDUCACION SUPERIOR, Sección 1 Generalidades, Sección 2 Características del registro calificado. Sección 3 Condiciones de calidad subsección 2 Evaluación de condiciones de programa.

Articulo 2.5.3.2.1.2 Principios que rigen los procesos de aseguramiento de la calidad dentro de la educación superior, siendo uno de ellos la Inclusión.
Información de trámite de modificación de registro calificado registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.
_ Acuerdos del Consejo Superior Universitario para la modificación de programas.
Acuerdo 19  del 31 de agosto de 2016 Por el cual se adopta la política de accesibilidad, a los aspirantes, estudiantes y egresados con discapacidad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD
_ Se incorpora desde la misionalidad de la UNAD que adopta la normatividad nacional contribuir a la educación para todos a través de la modalidad abierta, a distancia y en ambientes virtual de aprendizaje, mediante la acción pedagógica, la proyección social, el desarrollo regional y la acción comunitaria, la inclusión, la solidaridad, la investigación, la internacionalización y la innovación.
_ Desde el PAPS en el que, además de las responsabilidades tradicionales de
formación, investigación y proyección social se consive la inclusiíon como una funsión misional en el marco del Metasistema UNAD. 
 
Resolución 15224 24 de agosto de 2019 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de carácter institucional reglamentadas en el Decreto 1075 de 2015, modificado por el Decreto 1330 de 2019, para la obtención y renovación del registro calificado
Artículo 1º.
Información de trámite de modificación de registro calificado registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.  
Acuerdo 029 del 12 de agosto de 2020 Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se adopta el estatuto académico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia. Artículo 82  Parágrafo 1, 2 y 3.  Planes de mejoramiento formalizados en el SSAM  
Resolución 021795 de 19 de noviembre de 2020 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de programa reglamentadas en el decreto 1075 de 2015, modificado por el decreto 1330 de 2019, para la obtención, modificación y renovación de registro calificado.
Artículo 1, 5,y 6 al 52.
Estatuto Organizacional 039 de 03 de diciembre de 2019 artículo 32 literal b. Funciones de la VISAE - Sistema de aseguramiento de la calidad de programas y servicios.
Acuerdo 014 de 2018 Artículo 45 Define aseguramiento de la calidad
Acuerdo 029 de 2020 Estatuto academico definición de calidad integral de los programas y servicios académicos.
 
DECRETO 529 DE Abril 29 DE 2024 Presidente de la República de Colombia Por medio del cual se modifica parcialmente el Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación Aplica toda la Resolucion
Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
(P-8-13) Gestión de Cursos Tipo MOOC para el Sistema Universitario Abierto SUA Ley 23 del 28 de enero de 1982 Congreso de Colombia Sobre los Derechos de Autor Aplica toda la ley. F-2-11-14 Licencia interna para publicación de contenidos que deben diligenciar todos los diseñadores de cursos.  
Ley 1915 de 12 de Julio de 2018  Congreso de la República de Colombia Por la cual se modifica la ley 23 de 1982 y se establecen otras disposiciones en materia de derechos de autor y derechos conexos Aplica toda la ley. F-2-11-14 Licencia interna para publicación de contenidos que deben diligenciar todos los diseñadores de cursos.  
Acuerdo 039 del 16 de diciembre de 2019  Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se actualiza el estatuto organizacional. Sin requisito a cumplir (Lineamientos generales) Artículo 29. De los Sistemas y Redes de la Vicerrectoría de Medios y Mediaciones Pedagógicas  literal a) Sistema Universitario Abierto (SUA).  
(P-8-14) Gestión de la Oferta de Programas de Educación Superior Ley 1188 del 25 de abril de 2008 Congreso de la República de Colombia Por la cual se regula el registro calificado de los programas de educación superior. Artículo 1°. Registros calificados vigente para la oferta de los programas del Sistema de Educación Superior.  
Decreto 1295 del 20 de abril de 2010 Presidente de la República de Colombia Por el cual se reglamenta el registro calificado de que trata la Ley 1188 de 2008 y la oferta y desarrollo de programas académicos de educación superior. Artículo 1°.  Registros calificados vigente para la oferta de los programas del Sistema de Educación Superior.  
(P-8-15) Gestión de la autoevaluación de programas de educación superior Resolución 15224 24 de agosto de 2019 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de carácter institucional reglamentadas en el Decreto 1075 de 2015, modificado por el Decreto 1330 de 2019, para la obtención y renovación del registro calificado
Artículo 1º.
Información de trámite de modificación de registro calificado registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.  
Resolución 021795 de 19 de noviembre de 2020 Ministerio de Educación Nacional Por la cual se establecen los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de programa reglamentadas en el decreto 1075 de 2015, modificado por el decreto 1330 de 2019, para la obtención, modificación y renovación de registro calificado.
Artículo 1, 5,y 6 al 52.
Estatuto Organizacional 039 de 03 de diciembre de 2019 artículo 32 literal b. Funciones de la VISAE - Sistema de aseguramiento de la calidad de programas y servicios.
Acuerdo 014 de 2018 Artículo 45 Define aseguramiento de la calidad
Acuerdo 029 de 2020 Estatuto academico definición de calidad integral de los programas y servicios académicos.
 
  DECRETO 529 DE Abril 29 DE 2024 Presidente de la República de Colombia Por medio del cual se modifica parcialmente el Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación Aplica toda la Resolucion
Información registrada en los sistemas de información del ministerio de educación nacional, o radicada, si es el caso, en la oficina de atención al cuidadano de este ministerio.   
  (P-8-16) Gestión de la oferta educativa cursos MOOC del Sistema Universitario Abierto - SUA Ley 23 del 28 de enero de 1982 Congreso de Colombia Sobre los Derechos de Autor Aplica toda la ley. F-2-11-14 Licencia interna para publicación de contenidos que deben diligenciar todos los diseñadores de cursos.  
  Ley 1915 de 12 de Julio de 2018  Congreso de la República de Colombia Por la cual se modifica la ley 23 de 1982 y se establecen otras disposiciones en materia de derechos de autor y derechos conexos Aplica toda la ley. F-2-11-14 Licencia interna para publicación de contenidos que deben diligenciar todos los diseñadores de cursos.  
  Acuerdo 039 del 16 de diciembre de 2019  Consejo Superior Universitario Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD Por el cual se actualiza el estatuto organizacional. Sin requisito a cumplir (Lineamientos generales) Artículo 29. De los Sistemas y Redes de la Vicerrectoría de Medios y Mediaciones Pedagógicas  literal a) Sistema Universitario Abierto (SUA).  
* Tenga en cuenta que se presentan vínculos a documentos alojados en bases de datos de la universidad, para su consulta se debe validar como usuario, en caso de no tener permisos en estas bases de datos deberá buscar otra fuente de información para realizar la consulta. 
CONTROL DE CAMBIOS 
VERSIÓN FECHA DESCRIPCION DEL CAMBIO 
0 5-10-2021 Emisión

Se consolidó la información correspondiente a las normas aplicables, correspondiente para cada procedimiento de los procesos del Sistema Integrado de Gestión.
1 07-06-2022 Se Eliminó el Decreto 1072 de 2015 en el Procedimiento P-5-1 Engagement y Convicción Unadista
2 02-08-2022 P-7-11 Evaluación Externa del aprendisaje Pruebas Saber, se incluye el DECRETO 869 del 17 de marzo de 2010.
PROCEDIMIENTO P-11-4, Normatividad: Ley 23 del 28 de enero de 1982, se incluyen los artículos 32, 36 y 76. Acuerdo número 006 del 26 de agosto de 2008, se incluye el Artículo 15. Resolución 2946 de 2009, se incluye el artículo 5.  PROCEDIMIENTO P-11-6, se incluye toda la normatividad asociada. 
3 05-09-2022 Se elimina el marco legal asociados a el procedimiento ejercicios de consulta del proceso de gestion de la informacion y del conocimiento organizacional C2
4 24-10-2022 Se actualizan las normas de los procedimientos GRADOS e Inscripción y matrícula relacionadas con la programación académica: Acuerdo No. 174 del 12 de octubre de 2021, Acuerdo No. 179 de 23 de noviembre de 2021 y Acuerdo 059 del 11 de octubre de 2022. Se incluyen las siguientes normas asociadas al procedimiento Gestión del componente práctico: Acuerdo 511 del 5 de noviembre del 2020, Ley 1780 del 2 de mayo de 2016, Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015. Se complementa la información de la Resolución 3546 del 3 de agosto de 2018 correspondiente al procedimiento Gestión del Componente Práctico. Se actualizan los enlaces de los Acuerdos del Consejo Académico y Consejo Superior de años anteriores a 2013.
5 29-06-2023  Procedimiento GRADOS se incluyen los acuerdos Acuerdo número 179 del 23 de noviembre de 2021 y 060 del 11 de octubre de 2022.
Procedimiento  Inscripción y matrícula se retira el Acuerdo número 008 del 26 de agosto de 2008, se incluye el Acuerdo 060 del 11 de octubre de 2022 y el Acuerdo 068 del 31 de octubre de 2022.
Procedimiento homologaciones se incluye la Ley 2136 de 2021 y el Acuerdo 029 del 12 de agosto de 2020.
Procedimiento evaluación del aprendizaje se incluyen los Acuerdos 179 del 23 de noviembre de 2021,  060 del 11 de octubre de 2022 y 059 del 11 de octubre de 2022.
Procedimiento consejería se incluye el Acuerdo número 19  del 31 de agosto de 2016.
Procedimiento Trayectorias de egresados Unadistas se incluye el Acuerdo 014 del 23 de julio de 2018.
6 05-06-2024  Se articula en una sola matriz la normatividad aplicable a lo concerniente con Investigación, Innovación y Emprendimiento, en el marco de la actualización de los procesos C11: Gestión de la Investigación y C15: Gestión de la Innovación y el Emprendimiento, como resultado el nuevo Proceso C11: Gestión de la Investigación, Innovación y Emprendimento.
Por otro lado, la normatividad aplicada a los procedimentos asociados P11-1: Convocaorias de proyectos de Investigación, Innovación y Emprendimiento .
P-11-2: Ciclo de Vida de Proyectos de Investigación, Innovación y Emprendimiento.
P-11-3: Eventos de Investigación
P-11-4: Edición u Publcación de Libros Sello Editorial UNAD
P-11-5: Semilleros de Investigación
P-11-6: Edición y Publicación de Revistas
P-11-7: Gestión de Derechos de Autor 
7 05-08-2024 Se actualiza en C7: nombre del procediemiento Egresados Unadistas, se actuiza normatividad y link de ubicación.  C5:se actuliza link de normatividad. C9: se actuliza link de normatividad C10: se actuizan link de normatividad. . C14: se actuizan link de normatividad
8 25-09-2024 Procedimiento P-7-6 Gestión del componente práctico, Se incluye Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, Ley 1780 del 2 de mayo de 2016, Acuerdo 1303 29 de junio 2017, Resolución 2654 de octubre de 2019,Ley 2043 del 27 dejulio de 2020, Ley 2043 del 27 de julio de 2020,Acuerdo 029 del 12 de agosto de 2020, Acuerdo 787 24 de junio de 2021, Ley 2113 de 29 de julio de 2021,Acuerdo número 687 del 19 de octubre de 2021, Acuerdo N° 078 del 11 de junio del 2024. Se modifica el acuerdo N° 483 octubre16 de 2018 en los requisitos a cumplir.Se elimina el Acuerdo N° 059 de 12 de junio de 2019.
9 03-10-2024 Se incluyó la información relacionada con la normatividad de referencia para dar cumplimiento a requisitos de Educación Inclusiva en los procesos C5, C7, C8 y C9, se ajustaron las instrucciones de diligenciamiento, se actualizaron los hipervínculos que así lo requirieron y se ajustó el orden cronológico de la normas en todos los procesos.
10 04-10-2024 Se actualizó normatividad Resolución 000165 de 2023 de la DIAN. Para P-4-2, se incluye la Resolución 10056 de 2015.  Para el  P-4-4 se incluye la Resolución 5973 de 2012, frente al Manual de Procesos y Procedimientos de Contratación.  Para P-4-5, se actualiza el enlace del acuerdo 0002 de 2006; Se incluye la Resolución 020169 de 2021, norma que adopta el Catálogo de Clasificación Presupuestal para dar cumplimiento a la normatividad de Ministerio de Hacienda. Se incluyó la Sentencia C-346 DE 2021. Para P-4-11 se incluyó Resolución 620 de 2015, Resolución 113 de 2016, Resolución 468 de 2016 y la Resolución 484 de 2017, modificatorias a la Resolución 533, que no la derogan, sino modifican disposiciones específicas de la Resolución Macro del Régimen de Contabilidad Pública.
11 23-05-2025 Se actualiza normas asociadas a C-3 de los procedimientos de Defensa Judicial, Auditorías integrales y Administración del riesgo.
Actualización de normas vigentes para C-5 de los procedimientos P-5-4 Compensación, P-5-8  Nombramiento Planta Global y P-5-9 Vinculación docentes ocasionales y docentes hora cátedra. 
12 06-06-2025 C-14: Actualización de normas relacionadas con Implementación de ciclo parqueaderos e infraestructura para bienestar de biciusuarios, Sistemas Fotovoltaicos, Adecuación de estacionamiento para vehículos eléctricos, Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas y Planes de Infraestructura física para las IES.
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